lunes, 16 de enero de 2012

prevencio de riesgo laborales

Prevencion de riesgos laborales:  artículo 4 de la Ley 31/1995 de Prevención, que define el término como “la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de su trabajo”.
Salud laboral segun la OMS:
Es “un completo estado de bienestar en los aspectos físicos, mentales y sociales” y no solamente la ausencia de enfermedad.
Análisis de los riesgos laborales del instituto:
En el patio del recreo cuando estan jugando al futbol pueden darle un pelotazo a los que estan alrededor.
Cuando llueve los pasillos estan mojados debido a los zapatos que han pisado los charcos y pueden resbalar.

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